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  32. Los Cuáqueros

Historia Eclesiástica es el estudio de la historia de la Iglesia Cristiana desde el final del Nuevo Testamento hasta el principio del movimiento evangélico.  Se pone énfasis en el sacrificio de los mártires, las controversias doctrinales, el desarrollo del catolicismo, los precursores de la reforma, Martín Lutero y la Reforma Protestante.

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El surgimiento, progreso, persecuciones y sufrimientos de los Cuáqueros

Al tratar acerca de estas personas desde una perspectiva histórica, nos vemos obligados a hablar con mucha gentileza. No se puede negar que difieren de la generalidad de los protestantes en ciertos puntos capitales de religión, y sin embargo, como conformistas protestantes, quedan incluidos bajo la descripción de la ley de tolerancia. No es aquí asunto nuestro indagar acerca de si hubo personas de creencias similares en los tiempos de la cristiandad primitiva; quizá no, en ciertos respectos, pero debemos escribir acerca de ellos no en cuanto a corno eran, sino en cuanto a lo que son ahora. Cierto es que han sido tratados por varios escritores de manera muy menospreciativa; también es cierto que no merecían este tratamiento.

El apelativo de Cuáqueros les fue dado como término de vituperio, corno consecuencia de las evidentes convulsiones que sufrían cuando daban sus discursos, porque se imaginaban que eran efecto de la inspiración divina.

No nos toca a nosotros ahora indagar si las creencias de estas gentes concuerdan con el Evangelio, pero lo que sí es cierto que el primero de sus líderes como grupo separado fue un hombre de oscura cuna que primero vivió en Leicestershire alrededor del 1624. Al referirnos a este hombre expresaremos nuestros propios sentimientos de una manera histórica, y uniendo a estos lo que ha sido dicho por los mismos Amigos, trataremos de dar una narración completa.

George Fox descendía de padres honrados y respetados, que lo criaron en la religión nacional; pero de niño parecía religioso, callado, firme y manifestando, más allá de sus años, un conocimiento no común de las cosas divinas. Fue educado para la agricultura y otras actividades del campo, y estaba inclinado de manera particular a la ocupación solitaria de pastor, empleo éste bien apropiado para su mente en varios respectos, tanto por su inocencia como por su afán de soledad; y fue un justo emblema de su ministerio y servicio posteriores. En el año 1646 dejó totalmente la Iglesia nacional, en cuyos principios había sido criado y hasta entonces observado; en l647 se dirigió a Derbyshire y Nortinghamshire, sin ningún propósito determinado de visitar ningún lugar en particular sino que anduvo solitario por varias ciudades y pueblos, allí donde le llevara la mente. «Ayunaba mucho,» dice SewelI, "y a menudo caminaba a lugares retirados, sin otra compañía que su Biblia." "Visitó a la gente más retirada y religiosa de aquellos lugares," dice Penn, "y algunos había, bien pocos, en esta nación, que esperaban la consolación de Israel día y noche; como Zacarías, Ana y Simeón la esperaban en tiempos antiguos. A estos fue enviado, y a estos buscó en los condados colindantes, y entre ellos se quedó hasta que le fue dado un más amplio ministerio. En este tiempo enseñó, y fue un ejemplo de silencio, tratando de sacarlos de una actuación artificiosa, testificándoles acerca de la luz de Cristo dentro de ellos, y volviéndolos a ella, y alentándolos a esperar pacientemente, y a sentir su poder agitándose en sus corazones, para que su conocimiento y culto a Dios pudiera consistir en el poder de una vida incorruptible que debía ser hallada en la luz, por cuanto era obedecida en la manifestación de la misma en el hombre: Porque en el Verbo estaba la vida, y la vida era la luz de los hombres. Vida en la palabra, luz en los hombres; y vida también en los hombres, así como la luz es obedecida; viviendo los hijos de la luz por la vía de la Palabra, por la cual la Palabra los engendra de nuevo para Dios, lo cual es la generación y el nuevo nacimiento, sin el que no hay entrada en el Reino de Dios, en el cual todo el que entra es mayor que Juan, esto es, que la dispensación de Juan, que no era la del Reino, sino que fue la consumación de la legal, y precursor de los tiempos del Evangelio, del tiempo del Reino. Por ello, comenzaron a hacerse vanas reuniones en aquellas partes, y así dedicó su tiempo durante algunos años."

En el año 1652 "tuvo una gran visitación de la gran obra de Dios en la tierra, y de la manera en que tenía que salir, para iniciar su ministerio público." Emprendió rumbo al norte, «y en todos los lugares a los que llegaba, si no antes de llegar a ellos, se le mostraba de manera particular su ejercicio y servicio, de modo que el Señor era verdaderamente su conductor.» Convirtió a muchos a sus opiniones, y muchos hombres piadosos y buenos se unieron a su ministerio. Estos fueron escogidos especialmente para visitar las asambleas públicas para reprender, reformar y exhortar a los oyentes. A veces en mercados, ferias, por las calles y por los caminos, "llamando a los hombres al arrepentimiento, y a volverse al Señor, con todo el corazón así como con sus bocas; dirigiéndoles a la luz de Cristo dentro de ellos, para que vieran, examinaran y consideraran sus caminos, y a evitar el mal y a hacer la buena y agradable voluntad de Dios."

No se encontraron sin oposición en la tarea a la que se habían imaginado llamados, siendo a menudo puestos en cepos, apedreados, apaleados, azotados y encarcelados, aunque fueran hombres honrados y de buena reputación que habían dejado mujeres, hijos, casas y tierras para visitarlos con un vivo llamamiento al arrepentimiento. Pero estos métodos coercitivos mas bien encendieron que disminuyeron su celo, y en aquellas zonas les ganaron muchos prosélitos, y entre a ellos varios magistrados y otros de clases altas. Entendieron que el Señor les había prohibido descubrirse la cabeza ante nadie, alto o bajo, y que les demandaba que se dirigieran a todos, sin distinción, tuteándolos. Tenlan escrúpulos acerca de desear buenos días o buenas noches a la gente, y no podían doblarla rodilla ante nadie, ni siquiera en la suprema autoridad. Tanto hombres como mujeres llevaban una vestimenta sencilla, diferente de la moda de los tiempos. Ni daban ni aceptaban títulos de respeto u honra, y a nadie en la tierra estaban dispuestos a llamar maestro. Citaban varios textos de la Escritura para defender estas peculiaridades, como "No juréis". "¿Cómo podéis creer, si recibís honra unos de otros, y no buscáis la honra que sólo de Dios viene?", etc., etc. Basaban la religión en una luz interior, y en un impulso extraordinario del Espíritu Santo.

En 1654 celebraron su primera reunión separada en Londres, en casa de Robert Dring, en Watling Street, porque para aquel entonces se habían extendido por todas partes del reino, y en muchos lugares habían establecido reuniones o asambleas, particularmente en Lancashire y regiones adyacentes, pero seguían expuestos a grandes persecuciones y pruebas de todo tipo. Uno de ellos, en una carta al protector, Oliverio Cromwell, le dice que aunque no hay leyes penales que obliguen a nadie a someterse a la religión establecida, sin embargo los Cuáqueros son denunciados por otras causas; se les multa y encarcela por rehusar tomar juramento; por no pagar sus diezmos; por perturbar las asambleas públicas y reunirse en las calles y lugares públicos; a algunos de ellos los habían azotado como vagabundos, y por hablar con llaneza a los magistrados.

Bajo el favor de la tolerancia entonces existente abrieron sus reuniones en Bull y Mouth, en Aldersgate Street, donde las mujeres, al igual que los hombres, eran movidas a hablar. Su celo los llevó a algunas extravagancias, lo que los expuso más al azote de sus enemigos, que actuaron duramente contra ellos en el siguiente reinado. M ser suprimida la insensata insurrección de Venner, el gobierno publicó una proclamación prohibiendo a los anabaptistas, cuáqueros y Hombres de la Quinta Monarquía que celebraran asambleas o reuniones bajo pretexto de dar culto a Dios, excepto silo hacían en alguna iglesia parroquial, o en casas privadas, con el consentimiento del dueño de la casa, declarándose ilegales y sediciosas todas las reuniones en cualesquiera otros lugares, etc., etc. Entonces los Cuáqueros consideraron conveniente enviar la siguiente carta al rey, con las siguientes palabras.

¡Oh Rey Carlos!

Es nuestro deseo que vivas siempre en el temor de Dios, y también tu Consejo. Te rogamos a tí y a tu Consejo que leáis las siguientes líneas con piedad y compasión por nuestras almas, y por tu bien.

Y considera esto, que estamos encarcelados unos cuatrocientos en y alrededor de esta ciudad, hombres y mujeres arrebatados a sus familias, y además alrededor de mil en las cárceles de los condados; deseamos que nuestras reuniones puedan no ser dispersadas, sino que todo venga a un limpio juicio, para que quede manifiesta nuestra inocencia.

Londres, día 16, mes undécimo, 1660.

El veintiocho de aquel mismo mes publicaron la declaración a que hacían referencia en su discurso, titulada: "Una declaración de la inocente gente de Dios llamada los Cuáqueros, contra toda sedición, maquinadores y luchadores del mundo, para eliminar las bases de celos y sospechas, tanto de los magistrados como del pueblo en el reino, acerca de guerras y luchas." Fue presentada al rey el día veintiuno del mes undécimo de 1660, y les prometió, por su real palabra, que no sufrirían por sus opiniones siempre y cuando vivieran pacíficamente; pero sus promesas fueron después bien poco tenidas en cuenta.

En 1661 cobraron suficiente valor para pedir a la Cámara de los lores que hubiera tolerancia para su religión, y para quedar exentos de dar juramento, que consideraban ilegítimos no por desafección alguna al gobierno, ni por creer que quedaran menos obligados bajo una aseveración, sino por estar persuadidos de que todos los juramentos eran ilegítimos; y que jurar estaba prohibido, hasta en las ocasiones más solemnes, en el Nuevo Testamento. Su petición fue rechazada, y en lugar de darles tolerancia, se promulgó una ley contra ellos, cuyo preámbulo decía: "Que por cuanto varias personas han adoptado la opinión de que un juramento es ilegítimo y contrario a la ley de Dios, incluso cuando se hace ante un magistrado; y por cuanto, bajo la pretensión de culto religioso, las dichas personas se reúnen en grandes números en diversos lugares del reino, separándose del resto de los súbditos de su majestad y de las congregaciones públicas y lugares usuales de culto divino, se promulga por ello que si tales personas, después del cuatro de marzo de 1661-62, rehúsan tomar juramento cuando sea administrado legalmente, o persuaden a otros a rehusarlo, o mantienen por escrito o de cualquier otra forma la ilegitimidad de tomar un juramento; o si se reúnen para el culto religioso en número de cinco de una edad de quince años para arriba, pagarán por la primera ofensa cinco libras; por la segunda, diez libras; por la tercera serán desterrados del reino, o transportados a las plantaciones; los jueces de paz podrán oír y decidir las causas." Esta ley tuvo el más terrible efecto sobre estos Cuáqueros, aunque bien se sabía que estas personas de buena conciencia estaban lejos de cualquier sedición o rebelión contra el gobierno. George Fox, en sus palabras al rey, le comunica que tres mil sesenta y ocho de sus amigos habían sido encarcelados desde la restauración de su majestad; que sus reuniones eran diariamente dispersadas por hombres con mazas y armas, y que sus amigos eran arrojados al agua y pisoteados hasta que manaba la sangre, lo que hacía que se reunieran en las calles. Se imprimió un documento, firmado por doce testigos, en el que se comunica que había más de cuatro mil doscientos cuáqueros encarcelados; de ellos quinientos por Londres y sus suburbios, y varios de ellos habían muerto en las cárceles.

Sin embargo, se gloriaban en sus padecimientos, que aumentaban cada día, de manera que en 1665 y en los años de interinidad fueron hostigados de manera inaudita. Como persistían resueltamente en reunirse abiertamente en Bull y Mouth, lugar ya mencionado, los soldados y otros oficiales los llevaron de allí a prisión, hasta que Newgate quedó llena de ellos, y multitudes murieron por el estrecho encierro, en aquella y otras cárceles.

Seiscientos de ellos, dice un relato publicado en aquel tiempo, estaban encarcelados, simplemente por causa de su religión, de los que varios fueron llevados a las plantaciones. En resumen, los cuáqueros dieron tanto trabajo a los informadores, que estos tuvieron menos tiempo para asistir a las reuniones de otros inconformistas.

Sin embargo, bajo todas estas calamidades se comportaban pacientemente y con gentileza ante el gobierno, y cuando tuvo lugar el complot de Ryehouse en 1682 consideraron conveniente proclamar su inocencia acerca de aquel falso complot, en un documento enviado al rey, en el que, "apelando al Escudriñador de todos los corazones," dicen que sus principios no les permiten tomar armas en defensa propia, y mucho menos vengarse por los daños recibidos de otros; que continuamente oran por la seguridad y preservación del rey; y que por ello aprovechan esta oportunidad para rogar humildemente a su majestad que tenga compasión de sus sufrientes amigos, que llenan tanto sus cárceles que tienen careencia de aire, con evidente peligro para sus vidas y para peligro de infección en diversos lugares. Además, muchas casas, talleres, graneros y campos son saqueados, y sus bienes, trigo y guiados ganados arrebatados, con lo que se desalienta el trabajo y la agricultura, empobreciéndose a mucha cantidad de gente pacífica y trabajadora; y esto por ningún otro motivo que por el ejercicio de una conciencia sensible en el culto al Dios Todopoderoso, que es soberano Señor y Rey de las conciencias de los hombres.

Al acceder Jacobo al trono, se dirigieron a aquel monarca de manera honrada y llana, diciéndole: "Hemos venido para testimoniar nuestro dolor por la muerte de nuestro buen amigo Carlos, y nuestro gozo porque hayas sido hecho nuestro gobernante. Se nos dice que no perteneces a la persuasión de la Iglesia de Inglaterra, como tampoco nosotros lo somos; por ello, esperamos que nos concedas la misma libertad que tú te permites, haciendo lo cual que deseamos todo tipo de dichas."

Cuando Jacobo, con el poder del que estaba investido, concedió libertad a los no conformistas, comenzaron ellos a gozar de algún descanso de sus angustias; y ciertamente ya era el momento para ello, porque habían crecido en gran número. El año anterior a éste, que para ellos fue de feliz liberación, expusieron, en una petición a Jacobo para que se pusiera fin a sus sufrimientos, establecieron "que en los últimos tiempos mil quinientos de sus amigos, tanto hombres como mujeres, de los que ahora quedan mil trescientos ochenta y tres; de los que doscientos son mujeres, muchas bajo sentencia de desacato a la autoridad regia; y más de cien cerca de ella, por rehusar el juramento de lealtad, porque no pueden jurar. Trescientos cincuenta han muerto en prisión desde el año 1680; en Londres, la cárcel de Newgate ha quedado llena a rebosar, habiendo durante estos dos últimos años casi veinte personas por celda, por lo que varias personas han muerto asfixiadas, y otros, que han salido enfermos, han muerto de fiebres malignas al cabo de pocos días. Grandes violencias, destrozos enormes terribles y perturbaciones y saqueos tremendos han sido aplicados a los bienes y posesiones de la gente, por un grupo de informadores ociosos, insólitos e implacables, por persecuciones basadas en la ley de conventículos, y otras, también en escritos qui tam, y en otros procesos, por veinte libras al mes, y dos tercios de sus posesiones confiscadas para el rey. Algunos no tenían una cama en la que yacer, otros no tenían ganado para labrar el suelo, ni trigo para alimento o pan, ni herramientas de trabajo; los dichos informadores, y alguaciles penetraban violentamente en casas en algunos lugares, con el pretexto de servir al rey y a la Iglesia. Nuestras asambleas religiosas han sido acusadas ante la ley común de ser sediciosas y perturbadoras de la paz pública, por lo que grandes números han sido encerrados en prisión son consideración alguna a la edad, y muchos echados en agujeros y mazmorras. Los apresamientos por 20 libras mensuales ha llevado a miles de personas encarceladas, y varios que habían empleado a personas pobres en manufacturas no pueden y a hacerlo más, por su prolongado encarcelamiento. No perdonan ni a viudas ni a huérfanos, y tampoco tienen ni una cama donde dormir. Los informadores son a la vez testigos y fiscales, para ruina de gran número de familias frugales; y se ha amenazado a jueces de paz con multas de cien libras si no emiten órdenes de prisión en base de sus denuncias." Con esta petición presentaron una lista de sus amigos encarcelados, en los varios condados, que ascendía a cuatrocientos sesenta.

Durante el reinado del Rey Jacobo II, esta gente fue, por la intercesión de su amigo señor Penn, tratada con mayor tolerancia que jamás lo había sido. Se habían hecho muy numerosos ahora en muchos lugares del país, y al tener lugar poco después el establecimiento de Pennsylvania, muchos se fueron a América. Allí gozaron de las bendiciones de un gobierno pacífico, y cultivaron las artes del trabajo honrado.

Como toda la colonia era propiedad del señor Penn, invitó a gentes de todas denominaciones a ir y asentarse con él allí. Tuvo lugar una libertad de conciencia universal; y en esta nueva colonia se establecieron por vez primera los derechos naturales de la humanidad.

Estos Amigos son, en el tiempo presente, un grupo bien inocente e in­ofensivo; pero ya hablaremos más de esto en una sección posterior. Por sus sabias leyes, no sólo se honran a sí mismos, sino que son de gran servicio a la comunidad.

Puede ser necesario observar aquí que por cuanto los Amigos, comúnmente llamados Cuáqueros, no toman juramento en un tribunal, se permite su afirma­ción en todas las cuestiones civiles; pero no pueden perseguir a un criminal, porque en los tribunales ingleses toda evidencia debe ser sobre juramento. 

Relato de las persecuciones de los Amigos, comúnmente llamados Cuáqueros, en los Estados Unidos. 

Alrededor de mediados del siglo diecisiete se infligió mucha persecución y sufrimiento a una secta de inconformistas protestantes, comúnmente llamados Cuáqueros; gente que surgió en aquel tiempo en Inglaterra, y algunos de los cuales sellaron su testimonio con su sangre.

Para una historia de estas gentes, véase la historia de Sewell, o la de Gough, acerca de ellos.

Los principales motivos por los que su inconformismo de conciencia los hizo susceptibles a las penas de la ley fueron:

  1. Su resolución cristiana de reunirse públicamente para el culto a Dios de la forma más conforme a su conciencia.
  2. Su rechazo a pagar diezmos, que consideraban una ceremonia judía, abrogada por la venida de Cristo.
  3. Su testimonio en contra de las guerras y de las luchas, cuya práctica consideraban inconsecuente con el mandamiento de Cristo: «Amad a vuestros enemigos,» Mt 5:44.
  4. Su constante obediencia al mandamiento de Cristo: «No juréis de ninguna manera,» Mt 5:34.
  5. Su rechazo a pagar tasas o valoraciones para edificar y reparar casas de culto con las que ellos no estuvieran de acuerdo.
  6. Su uso del lenguaje apropiado y escriturario, «tú» y «ti», para una persona individual; y su dejación de la costumbre de descubrirse la cabeza como homenaje a un hombre.
  7. La necesidad en que se encontraron muchos de publicar lo que creían ser la doctrina de la verdad; y ello a veces en los lugares designados para el culto nacional público.

Su consciente inconformidad en los anteriores puntos los expuso a mucha persecución y sufrimiento, consistiendo en procedimientos judiciales, multas, crueles apaleamientos, azotes y otros castigos corporales; encarcelamientos, destierros e incluso la muerte.

Dar un relato detallado de sus persecuciones y sufrimientos iría más allá de los límites de esta obra; por ello remitimos, para esta información, a las historias ya citadas, y más en particular a la Colección de Besse acerca de sus sufri­mientos; y limitaremos nuestro relato aquí mayormente a los que sacrificaron sus vidas, y que evidenciaron, por su disposición de mente, constancia, paciencia y fiel perseverancia, que estaban influenciados por un sentimiento de deber religioso.

Numerosas y repetidas fueron las persecuciones contra ellos; y a veces por transgresiones u ofensas que la ley ni contemplaba ni abarcaba.

Muchas de las multas y penas que se les impusieron no eran sólo irrazonables y exorbitantes, de manera que no podían pagarlas y se veían aumentadas a varias veces el valor de la demanda; por ello muchas familias pobres quedaban enormemente angustiadas, y se veían obligadas a depender de la ayuda de sus amigos.

No sólo grandes números fueron cruelmente azotados a latigazos en público, como criminales, sino que algunos fueron marcados con hierros al rojo vivo, y a otros les cortaron las orejas.

Muchísimos fueron encerrados largo tiempo en inmundas mazmorras, en las que algunos terminaron sus vidas, como consecuencia del encierro.

Muchos fueron sentenciados a destierro, y muchos fueron deportados. Algunos fueron desterrados bajo pena de muerte, y cuatro fueron finalmente ejecutados por el verdugo, como veremos más adelante, tras insertar copias de algunas de las leyes del país donde sufrieron.

En una corte general celebrado en Boston, el catorce de octubre de 1656.

Por cuanto hay una maldita secta de herejes que ha surgido últimamente en el mundo, llamados comúnmente Cuáqueros, que asumen ser enviados directamente de parte de Dios y ser asistidos de manera infalible por el Espíritu, hablando y escribiendo opiniones blasfemas, menospreciando el gobierno y el orden de Dios, en la Iglesia y en la comunidad, hablando mal de las dignidades, vituperando e injuriando a magistrados y ministros, tratando de apartar al pueblo de la fe, y conseguir prosélitos para sus perniciosos caminos: este tribunal, tomando en consideración las premisas, y para impedir males semejantes como los que por causa de ellos tienen lugar en nuestra tierra, ordenamos por tanto que, por la autoridad de este tribunal, que sea ordenado y cumplido, que cualquier patrón o comandante de cualquier nave, barca, chalupa o bote que traiga a cualquier puerto, arroyo o ensenada, dentro de esta jurisdicción, a cualquier cuáquero o cuáqueros, o cualesquiera otros herejes blasfemos, pagará, o hará pagar la malta de cien libras al tesorero del país, excepto si carecía de verdadero conocimiento o información de que lo fueran; en tal caso, tiene libertad de demostrar su inocencia declarando bajo juramento cuando no haya suficiente prueba de lo contrario; y en caso de impago o de falta de aval, será encarcelado, y continuará en esta condición hasta que quede satisfecha la suma al tesorero, como se ha indicado más arriba.

Y el comandante de cualquier barca, barco o nave que quede legalmente convicto, dará suficiente seguridad al gobernador, o a cualquiera o más de los magistrados, que tengan poder para determinar la misma, para llevarlos otra vez al lugar del que salieron; y en caso de que rehúse hacerlo, el gobernador, o uno o más de los magistrados, recibe por este instrumento poderes para emitir su o sus órdenes para entregar al dicho patrón o comandante a prisión, para que quede en ella hasta que dé suficiente seguridad del contenido al gobernador, o a cualquiera de los magistrados, como ya se ha dicho.

Y se ordena y establece además que cualquier Cuáquero que llegue a este país desde el extranjero, o que llegue a esta jurisdicción desde cualesquiera zonas vecinas, será inmediatamente llevado a la Casa de Corrección; al entrar en ella, será severamente azotado, y será mantenido constantemente ocupado en trabajos por el director, y no se permitirá que nadie converse ni hable con ellos durante el tiempo de su encarcelamiento, que no se prolongará más allá de lo que sea necesario.

Y se ordena que si cualquier persona introduce a sabiendas en cualquier puerto de esta jurisdicción cualesquiera libros o escritos cuáqueros, acerca de sus diabólicas opiniones, pagará por tal libro o escrito que le sea legalmente demostrado contra él o ellos la suma de cinco libras; y todo el que disperse u oculte tal libro o escrito y le sea hallado encima, o en su casa, y no lo entregue de inmediato al magistrado, pagará una multa de cinco libras por dispersar o esconder tal libro o escrito.

Y también se ordena, además, que si cualesquiera personas de dentro de esta colonia asumen la defensa de las opiniones heréticas de los Cuáqueros, o de ningunos de sus libros o artículos, serán multados por la primera vez con cuarenta chelines; si persisten en lo mismo, y las defienden por segunda vez, cuatro libras; si a pesar de ello vuelven a defender y a mantener las dichas opiniones heréticas de los Cuáqueros, serán llevados a la Casa de Corrección hasta que haya un pasaje conveniente para sacarlos de la tierra, sentenciados a destierro por el Tribunal.

 Finalmente, se ordena que toda persona o personas que injurie a las personas de los magistrados o de los ministros, como es usual con los Cuáqueros, tales personas serán severamente azotadas, o pagarán la multa de cinco libras.

Esta es una copia fiel de la orden del tribunal, como testifica

»EDWARD RAWSON, SEC.»

En una corte general celebrado en Boston el catorce de octubre de 1657

          En adición a la anterior orden, con referencia a la llegada o transporte de cualquiera de la maldita secta de los Cuáqueros a esta jurisdicción, se ordena que cualquiera que desde ahora traiga o haga traer, directa o indirectamente, a cualquier Cuáquero o Cuáqueros conocidos, u otros herejes blasfemos, a sabiendas, cada una de estas personas será multada con cuarenta chelines por cada hora de hospitalidad y ocultación de cualquier Cuáquero o Cuáqueros como se ha mencionado, y será encarcelada como se ha dicho antes, hasta que la multa sea satisfecha íntegramente.

Y se ordena además que si cualquier Cuáquero o Cuáqueros tienen la presunción, después que hayan sufrido lo que la ley demanda, de volver a entrar en esta jurisdicción, será arrestada, sin necesidad de orden judicial cuando no haya magistrado disponible, por cualquier policía, comisario o alguacil, y llevados de policía a policía hasta el magistrado más cercano, que encarcelará a la dicha persona en prisión estricta, para quedarse allí (sin fianza) hasta la siguiente reunión del tribunal, donde será juzgado legalmente.

Después de quedar convicto de pertenecer a la secta de los Cuáqueros, será sentenciado a destierro, bajo pena de muerte. Y todos aquellos habitantes de esta jurisdicción que sean convictos de pertenecer a la dicha secta, bien por asumir, publicar o defender las horrendas opiniones de los Cuáqueros, o agitan­do motines, sedición o rebelión contra el gobierno, o asumiendo sus insultantes y subversivas prácticas, como la de negar respeto cortés a sus iguales y su­periores, y apartándose de las asambleas de la iglesia; y en lugar de ello frecuente reuniones propias, en oposición a nuestro orden eclesial; adhiriéndose o aprobando a cualquier Cuáquero conocido y los principios y las prácticas de los Cuáqueros que sean opuestas a las ortodoxas opiniones recibidas de los piadosos, y que trate llevar a otros a ser desafectos frente al gobierno civil y el orden de la Iglesia, o que condene la práctica y los procedimientos de este tribunal contra los Cuáqueros, manifestando por ello que está de acuerdo con ellos, cuyo designio es la subversión del orden establecido en la Iglesia y el estado; toda persona así, bajo convicción ante el dicho Tribunal, de la manera mencionada, será encerrada en prisión estricta durante un mes, y luego, a no ser que escoja voluntariamente irse de esta jurisdicción, si da fianza por su buena conducta, y comparece ante el tribunal en su siguiente convocatoria, persistiendo en su obstinación, rehusando retractarse y reformarse de las dichas opiniones, será sentenciada a destierro bajo pena de muerte. Y cualquier magistrado que al recibir denuncia de toda persona así, la hará prender y encerrar en prisión, a su discreción, hasta que comparezca a juicio como se ha especificado anteriormente.

Parece que también se promulgaron leyes en las entonces colonias de New Plymouth y New Haven, y en el establecimiento holandés de New Amsterdam, ahora New York, prohibiendo a la gente llamada Cuáqueros que entraran en estos lugares, bajo severas penas; como consecuencia de ello, algunos sufrieron considerablemente.

Los dos primeros en ser ejecutados fueron William Robinson, mercader, de Londres, y Marmaduke Stevenson, campesino, de Yorkshire. Llegados a Bos­ton, a comienzos de septiembre, fueron hechos comparecer ante el Tribunal, y allí sentenciados a destierro, bajo pena de muerte. Esta sentencia fue también pronunciada contra Mary Dyar, mencionada más adelante, y Nicholas Davis, que se encontraban en Boston. Pero William Robinson, considerado como maestro, fue también condenado a ser duramente azotado, y se ordenó al jefe de policía que consiguiera a un hombre fuerte para ello. Entonces Robinson fue llevado a la calle, y desnudado; poniéndose sus manos a través de los orificios del carruaje de un gran cañón, donde lo mantuvo el carcelero, el verdugo le aplicó veinte azotes con un látigo de tres cabos. Después él y los otros presos fueron liberados y desterrados, como se desprende de la siguiente orden:

Se ordena por ésta que se ponga ahora en libertad a William Robinson, Marmaduke Stevenson, Mary Dyar y Nicholas Davis, que, por orden del tribunal y del consejo, habían sido encarcelados, porque se desprendió por propia confesión de ellos, sus palabras y acciones, que son Cuáqueros; por ello se pronunció sentencia contra ellos para que se fueran de esta jurisdicción, bajo pena de muerte; y que será a su propio riesgo si cualquiera de ellos es hallado dentro de esta jurisdicción o en cualquier parte de la misma después del catorce de este presente mes de septiembre.

»EDWARD RAWSON.

»Boston, 12 de Septiembre, 1659«

Aunque Mary Dyar y Nicholas Davis dejó esta jurisdicción en aquel entonces, Robinson y Stevenson, sin embargo, aunque se fueron de la ciudad de Boston, no pudieron decidirse (no estando libres en su conciencia) a irse de aquella jurisdicción, aunque se jugaban la vida. Se dirigieron entonces a Salem, y a algunos lugares alrededor, para visitar y edificar a sus amigos en la fe. Pero no pasó mucho tiempo antes de volver a ser encarcelados en Boston, y en­cadenados en las piernas. Al mes siguiente también volvió Mary Dyar. Y mientras estaba frente a la cárcel, hablando con un tal christopher Holden, que había llegado allí con el propósito de indagar acerca de algún barco que se dirigiera a Inglaterra, a donde quería ir, fue también arrestada.

Así, ahora tenían a tres personas que, según la ley de ellos, habían perdido el derecho a la vida. El veinte de octubre estos tres fueron hechos comparecer ante el tribunal, donde estaban John Endicot y otros reunidos. Llamados al tribunal, Endicot ordenó al guarda que les quitara los sombreros; luego les dijo que ellos habían promulgado varias leyes para mantener a los Cuáqueros fuera de su compañía, y que ni los latigazos ni la cárcel, ni el corte de las orejas nl el destierro bajo pena de muerte los podía mantener alejados. Dijo además que ni él ni los demás deseaban la muerte de ninguno de ellos. Sin embargo, sin más preámbulo, éstas fueron sus siguientes palabras: "Oíd y escuchad vuestra sentencia de muerte." También se pronunció sentencia de muerte contra Marma­duke Stevenson, Mary Dyar y William Edrid. Varios otros fueron encarcelados, azotados y multados.

No tenemos deseo alguno de justificar a los Peregrinos por estos proce­dimientos, pero creemos que su conducta admite atenuación, considerando las circunstancias de la edad en que vivían.

Los padres de Nueva Inglaterra sufrieron increíbles dificultades para proveerse de un hogar en el desierto; y para protegerse en el goce imperturbado de unos derechos que habían adquirido a tan gran precio adoptaron a veces medidas que, si se juzgan por las perspectivas más ilustradas y liberales de nuestro tiempo presente, deben ser pronunciadas como totalmente injustificables. ¿Pero han de ser condenados sin misericordia por no haber actuado en base de unos principios que eran entonces no reconocidos y desconocidos en toda la Cristiandad? ¿Se les tendrá a ellos únicamente como responsables de unas opiniones y una conducta que se había consagrado desde la antigüedad y que era común a los cristianos de todas las otras denominaciones? Cada gobierno que existía entonces se arrogaba el derecho de legislar acerca de cuestiones de religión; y de reprimir la herejía mediante estatutos penales. Este derecho era reclamado por los gobernantes, admitido por los súbditos, y está sancionado por los nombres de Lord Bacon y de Montesquieu, y por muchos otros igualmente afamados por sus talentos y erudición. Así, es injusto "apremiar sobre una pobre secta perseguida los pecados de toda la Cristiandad." La falta de estos padres fue la falta de su tiempo; y aunque no puede ser justificada, desde luego es un atenuante de su conducta. Igualmente podrían ser condenados por no comprender y actuar en base de los principios de la tolerancia religiosa. Al mismo tiempo es justo decir que por imperfectas que fueran sus perspectivas en cuanto a los derechos de la conciencia, estaban sin embargo muy por delante de la edad a la que pertenecían; y que es más con ellos que con ninguna clase de hombres sobre la tierra que está el mundo en deuda por las perspectivas más racionales que prevalecen hoy día acerca de la cuestión de la libertad civil y religiosa.

 

 
1. Iglesia Primitiva
2. Los Apóstoles
3. Más Adelantos
4. Justino Mártir
5. Ireneo/Tertuliano
6. Persecuciones 1-4
7. Persecuciones 5-8
8. Persecuciones 9-10
9. Costumbres
10. Constantino
11. Padres/Doctores
12. Clericalismo
13. Decadencia
14. Separación
15. Hildebrando
16. Los Valdenses
17. Juan Wycliff
18. Juan Huss
19. Martín Lutero
20. El Fraile
21. 95 Tesis
22. Controversia
23. Bula/Dieta
24. Wartburgo
25. Augsburgo
26. Vida Privada
27. Muerte
28. Persecuciones
29. Wm. Tyndale
30. Juan Calvino
31. Reina/Valera
32. Los Cuáqueros
33. Bunyan/Wesley
 

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